
Hoy en día los matrimonios se pueden celebrar ante notario, con una completa flexibilidad para elegir la fecha de la celebración y además siendo el medio mas ágil y rápido que existe en la actualidad para esta institución.
Separación y Divorcio ▼Actualmente y siempre que no concurran algunas circunstancias reflejadas en la ley, los notarios pueden autorizar la escritura de separación o divorcio, presentando en su caso por parte de los cónyuges un convenio regulador, y estando presente un letrado en ejercicio que podrá ser común para ambos.
Régimen matrimonial ▼En Cataluña, el régimen legal supletorio de primer grado es el de separación de bienes, no obstante puede darse el caso que exista también una sociedad de gananciales o cualquier otro régimen matrimonial, bien por pacto entre los cónyuges, bien porque al contraer matrimonio su ley matrimonial fuera otra distinta a la catalana.
Nosotros como notarios, le ayudamos a pactar su regimen matrimonial para regular los aspectos patrimoniales de su matrimonio así como su modificación o en su caso liquidación de la sociedad de gananciales o de cualquier otro régimen de comunidad.